Bienvenido/a al apartado de Donatarias Autorizadas, donde encontrarás información útil y relevante sobre este importante tema.
Las donatarias autorizadas son organizaciones reconocidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México, que cuentan con la autorización para recibir donativos deducibles. Estas organizaciones están comprometidas con causas de beneficio social y contribuyen al desarrollo del país a través de programas y proyectos en áreas como educación, salud, medio ambiente, cultura, investigación, entre otros.
En esta sección, te proporcionaremos información detallada sobre las ventajas fiscales que obtienes al donar a donatarias autorizadas. Aprenderás sobre los requisitos necesarios para que tus donativos sean deducibles, los límites establecidos para la deducción y cómo obtener los comprobantes fiscales correspondientes.
Además, te mantendremos actualizado/a sobre las causas sociales en las que puedes contribuir a través de donatarias autorizadas, así como los informes y reportes que estas organizaciones presentan al SAT en cuanto a los donativos, ingresos, erogaciones y actividades realizadas. Podrás tener acceso a información transparente y confiable sobre el impacto de tus donaciones.
Estamos comprometidos en brindarte la información necesaria para que puedas tomar decisiones informadas y participar activamente en el apoyo a las causas sociales que más te interesen. Juntos podemos generar un impacto positivo en nuestra sociedad y contribuir al bienestar de quienes más lo necesitan.
Explora nuestro contenido sobre donatarias autorizadas y descubre cómo tu donación puede marcar la diferencia. ¡Únete a nosotros en esta noble labor de transformar vidas y construir un mejor futuro para todos!
Conoce tus Principales obligaciones
¿Qué requisitos deben contener los CFDI que amparen donativos?
Además de las especificaciones técnicas que señale el SAT mediante reglas de carácter general, los CFDI que amparen donativos deberán señalar:

Así mismo, incorporar el Complemento de Donatarias que es de uso obligatorio y señalar los siguientes
datos:
• Número de oficio de autorización.
• Fecha del oficio de autorización.
• Leyenda: Este comprobante ampara un donativo, el cual será destinado por la donataria a los fines
propios de su objeto social. En el caso de que los bienes donados hayan sido deducidos previamente
para los efectos del impuesto sobre la renta, este donativo no es deducible.
• Cuando amparen bienes que hayan sido deducidos previamente para los efectos del ISR, se indicará
que el donativo no es deducible.